Oralidad y escritura: ¿qué significa «hablar bien español»?
Por Josefa Parra Méndez
En este artículo se reflexiona sobre algunos aspectos relacionados con una experiencia docente concreta: la enseñanza de lengua española a adolescentes portugueses, alumnos de Secundaria y escolarizados en el Instituto Español de Andorra. Sin embargo, creemos que las reflexiones que aquí se hacen sobre la distancia que existe entre lo que, para estos alumnos, significa «hablar bien español» y lo que el sistema educativo entiende por ese concepto ( y así lo entienden los profesores que los evalúan) es aplicable a cualquier situación de enseñanza-aprendizaje que tenga a los inmigrantes como protagonistas. Por esta razón, creemos que el elevado índice de fracaso escolar que la población escolar inmigrante presenta, y el riesgo de exclusión social que su abandono escolar comporta, está relacionado con la ausencia en nuestro país de políticas educativas específicas que, aplicando lo que la ley establece sólo nominalmente, proporcione a estos jóvenes las enseñanzas que su especial situación requiere.
EMIGRACIÓN Y POLÍTICA EDUCATIVA. UN POCO DE HISTORIA.
La acción educativa española en el exterior comienza en los años sesenta, época en la que un alto porcentaje de nuestra población activa emigró a distintos países de Europa occidental. Nació con el objetivo de cubrir las necesidades educativas de estos trabajadores y de sus familias. A pesar del tiempo transcurrido, los objetivos originales que orientaron aquellas primeras acciones, anteriores desde luego a la entrada de España en la estructura europea, tienen todavía hoy plena vigencia.
En julio de 1969 nace el Consejo escolar para la extensión educativa a los emigrantes españoles, y se crean centros españoles donde no los había o se consolidan los pocos existentes. Así se hace en los lugares de mayor concentración de emigración, fundamentalmente en Francia. Esta fase llega hasta finales de los años setenta, y la intención prioritaria es favorecer una política de retorno de los emigrantes y sus hijos. Así lo refleja el título Vamos a España, primer método de lengua y cultura española editado por las autoridades educativas de la época.
Cuando en los años ochenta disminuye la emigración española, tiene lugar un cambio en el escenario de la acción educativa en el exterior. Desde entonces, la enseñanza del español, dentro del proceso reforzado por la adhesión de España a la Comunidad europea en enero de 1986, tenderá a integrarse progresivamente en el sistema educativo del país de acogida. Pronto, el Real Decreto nº 564/1987 sienta las bases de la acción educativa española en el exterior para esta nueva etapa, a partir de ahora más orientada a una proyección cultural española (destinada tanto a nacionales como a extranjeros), dentro de las competencias del ministerio de Educación, desde la Subdirección General de Educación en el Exterior, Cooperación Internacional en la actualidad.
UN CENTRO EN EL EXTERIOR: EL INSTITUTO ESPAÑOL DE ANDORRA
En el marco de la Acción Educativa en el Exterior (R.D.1027/1993, de 31 de octubre), el Instituto Español de Andorra ( IES) es un centro docente de titularidad del estado español, cuyo objetivo básico es cubrir la necesidades educativas de la población española residente en Andorra; al mismo tiempo ofrece nuestro sistema, de manera gratuita, a ciudadanos de otras nacionalidades que lo deseen, según establece el Convenio hispano-andorrano que regula las relaciones entre ambos países en materia educativa.
El Instituto tiene 454 alumnos que proceden de familias inmigrantes en el Principado de Andorra. Pero no todos los alumnos del Instituto son hijos de españoles. En la actualidad y por detrás solo de los españoles, los alumnos portugueses constituyen el segundo grupo más numeroso. La estadística de nacionalidades del curso 2002/03, que refleja la tendencia observada en cursos anteriores, es la que muestra el gráfico que incluimos a continuación. En él veremos que el número de alumnos de otra procedencia ( países árabes o países europeos) es poco significativo. A partir de 1999, las leyes del país contabilizan en las estadísticas de población como «andorranos» a los niños nacidos en el país y que son hijos de inmigrantes. Eso no implica que en el futuro tengan la nacionalidad andorrana pues las leyes que regulan la nacionalidad son fuertemente restrictivas.