5 de septiembre Día Internacional de la Mujer Indígena
El Día Internacional de la Mujer Indígena fue instituido por el Segundo Encuentro de Organizaciones y Movimientos de América en Tihuanacu (Bolivia), en honor a la lucha de BARTOLINA SISA, guerrera aymara que se opuso a la dominación y la opresión de los conquistadores y brutalmente asesinada por las fuerzas realistas españolas el 5 de octubre de 1782 en la Paz , Bolivia.
Desde pequeña recorría junto a sus padres diferentes pueblos por el comercio de la hoja de coca. Allí pudo ver los atropellos que se cometían con las poblaciones indígenas.
Se casó con Tupac Katari, un joven aymara con el que compartía la misma convicción.
Ambos se unen a Túpac Amaro II y a su esposa Micaela Bastidas. Estalla la insurgencia aymara-quechua y Bartolina asume un papel de liderazgo.
Bartolina Sisa Fue jefa de batallones indígenas donde demostró gran capacidad de organización, logrando armar un batallón de guerrilleros indígenas y también grupos de mujeres colaboradoras de la resistencia a los españoles en los diferentes pueblos del alto Perú. Sus hazañas y arrojo estan representadas en el Sitio de La Paz y a Sorata donde tomó parte activa, ordenando represar el río que pasa por la ciudad para provocar una inundación que debía romper los puentes y aislar a la población, pero este plan fracasó puesto que el general realista, Segurola, recibió ayuda de cinco mil hombres que destruyeron los planes de los rebeldes. Tiempo después, Bartolina Sisa fue capturada, torturada y cruelmente asesinada.
Derechos Específicos de las Mujeres Indígenas
Las mujeres indígenas tienen derechos que comparten con sus congéneres de todas las sociedades y culturas, y también derechos específicos que derivan de su condición particular en cuanto integrantes de pueblos indígenas. Sus propias organizaciones e instituciones que acompañan sus luchas los identifican del siguiente modo:
– Derecho al respeto de la identidad cultural del pueblo al que pertenecen.
– Derecho a su identificación como integrante de un pueblo indígena específico.
– Derecho a no ser asimiladas ni obligadas a aceptar prácticas culturales ajenas y que atenten contra su propia identidad cultural.
– Derecho a modificar costumbres y tradiciones sociales, culturales, económicas que dañen o afecten su dignidad.
– Derecho a recuperar, como integrantes de un pueblo indígena, ciertas prácticas y tradiciones que las favorecen y dignifican como mujeres.