Capítulo 7
Normas comunes y resolución de conflictos

1. Definción

2. ¿Cómo incorporamos los valores comunes y la resolución de conflictos en nuestro proyecto educativo?

3. Algunas Experiencias

4. Bibliografia y Enlaces

1.- Definición

Las normas comunes son el marco sustentador de nuestra propuesta de educación intercultural. Son los valores y principios que consideramos el pilar sobre el que sustenta la construcción permanente de la educación integradora.

Estas normas comunes son:
- Laicismo (la escuela laica)
- Igualdad entre mujeres y hombres, y la transversalidad del género.
- La Gestión de la diversidad (frente a la idea falsa de igualar como homogeneidad).
- Diversidad etnocultural e inmigración como factores positivos y enriquecedores.
- La lucha contra el racismo y la xenofobia.
- Educación para la paz, la cooperación y la solidaridad.
- Educación medioambiental.
- Educación para la ciudadanía y la responsabilidad social y personal.
- Defensa de los Derechos Humanos.
- La resolución de conflictos de manera no violenta.

Dentro de estas normas, el hilo conductor que favorece su aplicación es la propia resolución de conflictos.

La resolución de conflictos es la transmisión y adquisición de habilidades emocionales e intelectuales para que el alumnado (y el resto de la comunidad educativa en su conjunto) gestione sus posibles problemas de manera no violenta, y además:
- Se favorezcan las actitudes relacionadas con el respeto por las personas y el medio ambiente, los derechos, el antirracismo, la tolerancia, el pensamiento crítico y la participación, entre otras.
- Se desarrollen las habilidades emocionales para prevenir las relaciones de violencia.
- Se fomente el aprendizaje dialógico: que la organización y la relación de todos los miembros de la comunidad educativa se base en el diálogo.

La resolución pacífica de conflictos se fundamenta pues en: la participación, el diálogo, la escucha, la negociación, la autoestima, el respeto y el entendimiento.